Condiciones generales de venta
Los Términos y Condiciones que figuran a continuación (en adelante: "T&C") se aplican a las entregas y servicios prestados al cliente (en adelante: "CLIENTE"). No se aplicarán las condiciones comerciales estándar del CLIENTE; por la presente se rechazan explícitamente. Esto se aplica incluso si, en relación con un pedido de compra o en otros documentos del CLIENTE, se hace referencia a sus condiciones comerciales estándar y si BOSCH no las rechaza explícitamente en este caso.
1. Validez
Salvo revocación expresa, la oferta de BOSCH está abierta a la aceptación dentro del plazo indicado en la misma, o cuando no se indique plazo alguno, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la oferta. Cualquier pedido sólo será vinculante para BOSCH después de una confirmación por escrito (incluyendo fax y correo electrónico) o por medio de un sistema automatizado, por ejemplo, EDI por BOSCH (la "Confirmación del Pedido"). Sin perjuicio de la frase anterior, la prestación de BOSCH está condicionada a la ausencia de impedimentos atribuibles a normas nacionales, estadounidenses, comunitarias o internacionales aplicables de derecho mercantil exterior o a la existencia de embargos u otras sanciones. El CLIENTE facilitará toda la información y documentos necesarios a efectos de exportación, transporte e importación.
2. Entrada de pedidos - confirmación - cancelación
Una vez recibido el pedido del CLIENTE, BOSCH le facilitará la Confirmación de Pedido, que contendrá información sobre los Productos, el precio, los recargos (si los hubiera) y la fecha prevista de entrega de los Productos especificados en el pedido. El CLIENTE no está autorizado a cancelar pedidos o líneas de pedido sin el previo consentimiento por escrito de BOSCH. Los gastos relacionados con la anulación de pedidos (entre otros, de artículos disponibles en stock o por encargo) correrán a cargo del CLIENTE.
3. Precios y recargos;
A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el precio de los Productos será el precio establecido en la lista de precios publicada de BOSCH más el importe legal del Impuesto sobre el Valor Añadido y otros impuestos indirectos legales. BOSCH podrá modificar la lista de precios y comunicará dicha modificación, la cual será aceptada desde ese momento y sin reservas por el CLIENTE.
BOSCH se reserva el derecho de cobrar recargos, en particular un cargo por pedido pequeño o un cargo por flete expreso (aéreo) cualquier otro cargo por servicios solicitados por el CLIENTE, como etiquetado o embalaje o pruebas.
En caso de envío FCA, se solicita al CLIENTE que organice y despliegue la recogida de los Productos en el almacén definido por BOSCH dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación por parte de BOSCH de que la mercancía está lista para su recogida. Los envíos con Incoterms FCA que permanezcan más de 2 semanas en el almacén de BOSCH están sujetos a un recargo específico del total de la factura por periodo iniciado de 4 semanas en las que los Productos permanezcan en el almacén de BOSCH.
En cada pedido habrá una tasa de tramitación como porcentaje del valor de las ventas de la FCA, tal y como se especifica en el Anexo "Acuerdo anual de precios".
Los gastos de carga estándar se aplican a los siguientes modos de transporte:
Mercancías peligrosas, tal como se definen en la Directiva de la UE para el transporte terrestre y en la normativa de mercancías peligrosas de la IATA.
Envíos por flete aéreo (en función del lugar de destino DAP):
Un porcentaje determinado del valor de las ventas, todos los productos (excepto las mercancías peligrosas):
Un porcentaje determinado del valor de venta, en caso de mercancías peligrosas
Envíos por transporte por carretera (basados en el lugar de destino DAP):
Un porcentaje determinado del valor de venta
Nota: Los destinos a los que no se pueda llegar por camión se enviarán por vía aérea y se aplicarán las cargas correspondientes. Véase más arriba el apartado Carga aérea.
Envío por flete marítimo (basado en la base del puerto de destino CIF):
Un porcentaje determinado del valor de venta
Se aplicará una carga mínima de transporte por pedido.
En el caso de los Incoterms DAP, las Partes acordarán los almacenes específicos a los que se entregará la mercancía. Otros destinos están sujetos a un recargo que se acordará en el respectivo contrato de venta. Los envíos de DAP sólo serán procesados por Bosch de forma consolidada una vez por semana.
BOSCH se reserva el derecho de modificar todas las tarifas para reflejar la fluctuación de los precios del transporte mundial debido a situaciones imprevisibles como, por ejemplo, ataques terroristas o la fluctuación de los precios mundiales del combustible en cualquier momento sin notificación previa, modificación que por la presente es ya para entonces e incondicionalmente aceptada por el CLIENTE. Todas las cargas se aplican siempre por pedido.
Si el CLIENTE opta por el envío FCA, deberá entregar a BOSCH el comprobante de entrega como obligación. Por prueba de entrega debe entenderse un documento aduanero claramente identificable, como copias de documentos aduaneros en destino o copia original del CMR (firmado por el CLIENTE, el transportista y BOSCH). BOSCH se reserva el derecho de cargar al CLIENTE una tasa adicional del valor de la venta si los documentos aduaneros no son despachados y devueltos dentro de los 60 días naturales siguientes al despacho aduanero de exportación. Esta tasa adicional se especifica en el anexo "Acuerdo anual de precios".
4. Documentos
Toda la información técnica en relación con los productos y su mantenimiento es propiedad de BOSCH y, excepto cuando se destine a servir como instrucciones de uso o material publicitario, no podrá ser utilizada ni copiada, reproducida, transmitida o comunicada a terceros sin el consentimiento previo por escrito de BOSCH.
En caso de que El CLIENTE necesite uno o más de los documentos o certificados mencionados en la lista (no exhaustiva) que figura a continuación, BOSCH cargará los costes en concepto de gastos de documentación (por pedido), incluidos los gastos de tramitación, que se mencionan en el Anexo "Acuerdo Anual de Precios":
- Certificado de origen en la Cámara de Comercio
- Documentos legalizados por la Cámara de Comercio
- Documentos legalizados por consulado o embajada
- Inspección y certificado ICIGI
- Lista de empaquetado separada
- Certificado SASO o KUCAS
- Certificado de seguro
5. Condiciones comerciales
Se aplicará la última edición de los Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional. (Incoterms®2020). En general, la DAP es obligatoria para los envíos nacionales dentro de la UE y el EEE, mientras que la FCA se utiliza para la exportación a países no pertenecientes a la UE.
6. Pruebas
Los Productos se inspeccionan y, cuando es posible o está legislado, se someten a una prueba estándar en fábrica antes de su envío. Si se requieren pruebas (extraordinarias) en presencia del CLIENTE o de su representante, éstas deberán ser especificadas por el CLIENTE a la entrada del pedido y se realizarán, si así lo acuerda BOSCH, antes del envío; todos los costes relacionados con dichas pruebas extraordinarias correrán a cargo del CLIENTE. En caso de retardo por parte del CLIENTE en asistir a dichas pruebas después de haber sido avisado con catorce (14) días de antelación de que los productos están listos para ser probados, las pruebas se llevarán a cabo en ausencia del CLIENTE y se considerarán realizadas en su presencia.
7. Entrega
7.1 Los Productos serán entregados al CLIENTE según lo establecido en la correspondiente Confirmación de Pedido, en la que se especificará el INCO-term específico aplicable al pedido, tanto si los Productos han de ser entregados por BOSCH al CLIENTE (lugar DAP Cliente o recogidos por el CLIENTE en BOSCH (lugar FCA BOSCH)).
En caso de Incoterm FCA, el CLIENTE deberá recoger los Productos en las instalaciones de BOSCH o en cualquier otro lugar que BOSCH le indique antes de la entrega (el "Lugar de Recogida") dentro de los 3 Días Hábiles siguientes a la notificación de BOSCH al CLIENTE de que los Productos están listos. Si el CLIENTE no acepta la entrega de los Productos, BOSCH tendrá derecho a almacenar los Productos por cuenta y riesgo del Cliente hasta que se produzca la entrega. El plazo máximo de almacenamiento es de 30 días naturales, transcurridos los cuales el pedido podrá ser anulado a criterio de BOSCH.
Corresponde al CLIENTE la obligación financiera (pago del pedido) y la responsabilidad de permitir a BOSCH la entrega de los Productos dentro de los 30 días naturales siguientes a la Confirmación inicial del Pedido. Si no se cumple este requisito, se anulará la reserva de los productos, lo que implica un nuevo pedido y la fecha de entrega sólo se confirmará cuando se cumplan los criterios de pago antes mencionados.
7.2 A menos que se acuerde lo contrario, el SOFTWARE se entrega o se pone a disposición para su descarga en la versión mencionada en la DOCUMENTACIÓN. El CLIENTE es responsable de la instalación del SOFTWARE. Si el SOFTWARE se suministra para su uso en un soporte de datos o está preinstalado en el HARDWARE OBJETIVO, es posible que esta instalación no contenga la versión mencionada en la DOCUMENTACIÓN. La obligación de entrega de BOSCH se cumplirá proporcionando la actualización. El CLIENTE está obligado a realizar la actualización.
7.3 Si la entrega por parte de BOSCH sufre un retardo, el CLIENTE deberá, a petición de BOSCH, declarar en un plazo razonable, si insiste en la entrega o si reclama sus otros derechos legales de acuerdo con las siguientes normas:
En caso de retardo en la entrega, el CLIENTE sólo podrá revocar el contrato de conformidad con las disposiciones legales en la medida en que BOSCH sea responsable del retardo.
El art. 11 se aplicará a las reclamaciones por daños y perjuicios del CLIENTE en caso de retardo en la entrega.
Las entregas parciales y las facturas correspondientes son admisibles a menos que no quepa esperar razonablemente que el CLIENTE las acepte.
El CLIENTE no podrá rechazar las entregas por defectos insignificantes.
8. Rendimientos comerciales
BOSCH no está obligado a aceptar ninguna devolución de productos que no sea un producto defectuoso, sujeto a una retirada o que no haya sido pedido en una Orden de Compra por el Cliente. Si una devolución comercial de un producto es acordada por BOSCH por escrito mediante una autorización de devolución de mercancía (RMA), el producto será enviado de acuerdo con las instrucciones de BOSCH; todos los productos devueltos deben ser consignados con seguro y transporte prepagado por el cliente y empaquetados en su embalaje original sin abrir.
La autorización para cada solicitud de devolución comercial es válida durante 3 semanas naturales (es decir, 21 días después de que el receptor reciba el número de autorización). Los productos deben haber sido enviados tal y como se define en el tipo de devolución. Transcurrido este plazo, la autorización de devolución caduca automáticamente y los productos devueltos se tratarán como devoluciones no autorizadas.
A petición del cliente, BOSCH también puede organizar el transporte de vuelta por una tarifa de gestión de devoluciones. Todos los gastos de transporte, incluidos los posibles impuestos y aranceles, correrán a cargo del CLIENTE.
Los rechazos de productos por parte del destinatario no constituyen una autorización de devolución comercial. Los productos rechazados se tratarán como devolución no autorizada. Las devoluciones no autorizadas estarán sujetas al pago por parte del CLIENTE. El transporte, los impuestos, los aranceles y todos los demás gastos incurridos por BOSCH correrán a cargo del CLIENTE.
9. Condiciones de pago
El precio de compra es pagadero en el momento de la celebración del contrato, por ejemplo, una única confirmación de pedido, y se transferirá a la cuenta bancaria de BOSCH antes del envío/transporte, a menos que BOSCH y el CLIENTE acuerden otra cosa, por ejemplo, en un Contrato de Venta o en el Anexo "Acuerdo Anual de Precios" de un Contrato de Venta. En este caso, BOSCH podrá solicitar una Garantía Bancaria o una Carta de Crédito Irrevocable.
Una línea de crédito consiste en un plazo de pago ampliado en combinación con un límite de crédito, que se basa en la credibilidad demostrada del CLIENTE. BOSCH podrá cancelar dicha línea de crédito previa notificación por escrito al CLIENTE.
En el caso de que el CLIENTE no sea suficientemente solvente por el valor del Contrato de compraventa o de la confirmación de pedido individual, pero se desee una prolongación de la duración del pago, ésta se puede proporcionar contra una garantía de pago mediante una Garantía de pago bancaria o una Carta de crédito irrevocable (véase más adelante).
- Si una factura no es pagada dentro del plazo de pago acordado en el Anexo "Acuerdo Anual de Precios", el CLIENTE se encuentra, sin obligación por parte de BOSCH de ninguna advertencia o aviso, en situación de incumplimiento del acuerdo. Los pedidos pendientes o nuevos serán suspendidos para la entrega hasta que el CLIENTE haya liquidado la totalidad del valor adeudado.
- En caso de impago, el CLIENTE deberá abonar intereses. Acumulado con el coste administrativo, con un mínimo de 30 euros por incidente. Queda reservado el derecho a reclamar otros daños.
- Si El CLIENTE no cumple o BOSCH prevé que no cumplirá con el pago, que es debido bajo el Contrato de Venta con BOSCH o - de antemano o después de la confirmación del pedido - existe la duda de que la capacidad de pago de El CLIENTE es insuficiente, BOSCH tiene derecho a suspender sus obligaciones bajo el Contrato de Venta hasta que El CLIENTE haya proporcionado una garantía de pago suficiente para el cumplimiento del Contrato de Venta.
- BOSCH tiene derecho a abonar los pagos contra la cuenta pendiente más antigua.
- En caso de que el CLIENTE incurra en mora, BOSCH tendrá derecho a exigir el pago inmediato de todas las cuentas por cobrar derivadas de la relación comercial que se encuentren vencidas y ciertas. Además, BOSCH también tiene derecho a realizar las entregas pendientes sólo a cambio de un pago por adelantado o la prestación de una garantía. Este derecho no queda excluido por el aplazamiento del pago.
- El CLIENTE sólo tiene derecho a compensar reconvenciones y retener pagos en la medida en que las reconvenciones sean indiscutibles, jurídicamente vinculantes o, tras convertirse en litispendencia, estén listas para una decisión.
Garantía bancaria de pago
El cumplimiento de la obligación de La Empresa relativa al Volumen de Compra según se especifica en el Anexo "Acuerdo Anual de Precios" estará garantizado por una Garantía Bancaria de Pago por parte de un banco de primera clase dentro de la Unión Europea que La Empresa deberá entregar a Bosch a más tardar 10 días después del día de la firma del Contrato de Venta (y/o Orden de Venta específica). La validez de la Garantía Bancaria de Pago debe prolongarse durante toda la vigencia del Contrato de Venta (y/o Pedido de Venta específico), más 3 meses.
Carta de crédito irrevocable
Para el cumplimiento de la obligación de La Empresa relativa a una(s) Orden(es) de Venta específica(s) o Contrato de Proyecto, La Empresa proporcionará dentro de los veintiún (21) días siguientes a la confirmación de dicha(s) Orden(es) de Venta específica(s) o Contrato de Proyecto, una Carta de Crédito intransferible e Irrevocable a favor de Bosch, proporcionada por un banco de primera clase en el que se apliquen las Reglas y Usos Uniformes para Créditos Documentarios de la Cámara de Comercio Internacional de París. Salvo pacto en contrario, la Empresa pagará al Bosch todas las cantidades adeudadas en virtud del presente contrato en la moneda acordada. La Carta de Crédito deberá ser pagadera en efectivo, y llevar la conformación de un banco dentro de la Unión Europea, aceptable para Bosch. Si la fecha de entrega cae dentro del plazo de veintiún (21) días antes mencionado, la Carta de Crédito tendrá una validez mínima igual al plazo de entrega y será prorrogada bajo solicitud de Bosch. En caso de que se hayan acordado entregas parciales, la carta de crédito estipulará los pagos prorrateados correspondientes.
10. Defectos
10.1 Las reclamaciones por defectos están limitadas en el tiempo (de acuerdo con los requisitos legales locales) a partir de la fecha de entrega del Producto (fecha de transferencia del riesgo de acuerdo con el término INCO aplicable). La disposición anterior no se aplicará en la medida en que la legislación imperativa aplicable establezca plazos de prescripción más largos.
10.2 Sólo la descripción del PRODUCTO proporcionada por BOSCH antes de la conclusión del contrato o acordada en un documento separado (por ejemplo, en la DOCUMENTACIÓN o en el catálogo) es determinante para la calidad del PRODUCTO. Esto abarcará especialmente sus características de seguridad informática. Los detalles contenidos en el mismo se entenderán únicamente como especificaciones de rendimiento y no como garantías. Una garantía sólo se concede si ha sido designada explícitamente como tal por BOSCH por escrito antes de la celebración del contrato. No se debe ninguna otra calidad, y, en particular, no se desprende de las declaraciones públicas o la publicidad de los socios de distribución de BOSCH. BOSCH no está obligado a prestar ningún servicio que vaya más allá de la responsabilidad por defectos.
10.3 No constituyen defectos de calidad:
- Desgaste natural;
- Las cualidades del PRODUCTO o los daños causados a o por el PRODUCTO después de la transmisión del riesgo como consecuencia de una manipulación, almacenamiento o instalación inadecuados, o del incumplimiento de las normas de instalación y manipulación, o de un esfuerzo o uso excesivos, o de medios de explotación, puesta en marcha o mantenimiento inadecuados;
- Cualidades del PRODUCTO o daños causados a o por el PRODUCTO por fuerza mayor, influencias externas particulares no previstas en el contrato, o debidos al uso del PRODUCTO fuera del uso previsto en el contrato o del uso habitual, y, en el caso del SOFTWARE, por contaminación por virus;
- Modificaciones del PRODUCTO por parte del CLIENTE o de terceros, salvo que el defecto no esté en relación causal con la modificación;
- Averías en el SOFTWARE causadas por errores de aplicación por parte del CLIENTE y que hubieran podido evitarse de haber consultado detenidamente la DOCUMENTACIÓN;
- Errores debidos a la utilización del SOFTWARE en un entorno de operatividad distinto al aprobado por BOSCH o debidos a averías en el HARDWARE OBJETIVO, el sistema operativo o el software de otros fabricantes.
10.4 Si se produce un defecto de calidad durante el plazo de prescripción, BOSCH podrá subsanar el defecto a su entera discreción, subsanando el defecto o suministrando un PRODUCTO libre de defectos.
Un defecto en el SOFTWARE puede ser subsanado a discreción de BOSCH mediante actualización/parche/corrección de errores/actualización o indicando una solución alternativa; esta última sólo en la medida en que sea razonablemente aceptable para el CLIENTE, teniendo en cuenta los efectos del defecto y las circunstancias de la solución alternativa indicada. La sección 7.2 se aplicará mutatis mutandis.
Si BOSCH ofrece una garantía voluntaria del producto a los usuarios finales, el período de garantía y los términos y condiciones relacionados se describen en una declaración de garantía del producto disponible en www.BOSCHSecurity.com en las páginas de servicio.
10.5 Cualquier reclamación por envío erróneo y/o daño aparente deberá realizarse por escrito dentro de un plazo indebido, pero en cualquier caso no más tarde de 7 días laborables tras la recepción de los Productos por parte del CLIENTE. Otros defectos deberán ser notificados por escrito por el CLIENTE sin retardo indebido tras su descubrimiento. La fecha determinante es siempre la fecha de recepción de la notificación de reclamación por parte de BOSCH. La notificación de reclamación contendrá una descripción del defecto y/o, en el caso del SOFTWARE, el momento en que se produjo el defecto y las circunstancias detalladas. Las reclamaciones por defectos quedan excluidas si el defecto no se notifica a tiempo.
11. Responsabilidad
BOSCH es responsable del pago de daños y perjuicios y de la compensación de gastos abortivos (en lo sucesivo, daños y perjuicios) a causa de una violación de las obligaciones contractuales y extracontractuales únicamente en caso de que
- Intención o negligencia grave de BOSCH;
- En caso de lesión mortal deliberada, lesión física o herida;
- por ofrecer una garantía de calidad o durabilidad;
- en caso de incumplimiento culposo de obligaciones contractuales esenciales; se considerarán esenciales aquellas obligaciones contractuales que, una vez cumplidas, permiten la correcta ejecución del contrato en su conjunto y cuyo cumplimiento el CLIENTE puede confiar regularmente;
- por responsabilidad obligatoria en virtud de la Ley alemana de Responsabilidad por Productos Defectuosos (Produkthaftungsgesetz); o
- a cuenta de otra responsabilidad obligatoria.
- En razón de la responsabilidad legal obligatoria en virtud de la normativa aplicable en materia de responsabilidad por productos defectuosos, entendiéndose por Responsabilidad por Productos Defectuosos la Responsabilidad por Productos Defectuosos establecida en la Directiva Europea de Productos Defectuosos.
No obstante, los daños por incumplimiento de las obligaciones contractuales materiales se limitan a los daños previsibles, típicos del tipo de contrato, salvo en caso de dolo o negligencia grave o por lesiones mortales, físicas o para la salud o por asumir una garantía de calidad. El importe de los daños y perjuicios típicos del contrato y previsibles, basados en incumplimientos de obligaciones por parte de BOSCH, corresponde al importe de la remuneración abonada por el CLIENTE en virtud del pedido afectado, sin que, no obstante, pueda exceder de 400.000 euros.
Queda excluida toda responsabilidad por daños y perjuicios que exceda de lo previsto en la presente cláusula 11, con independencia de la naturaleza jurídica de la reclamación planteada. Esto se aplica en particular a las reclamaciones de daños y perjuicios derivadas de culpa in contrahendo (culpa derivada de la celebración de un contrato), por otros incumplimientos de obligaciones y a las reclamaciones extracontractuales de compensación por daños materiales.
En la medida en que la responsabilidad por daños y perjuicios se excluye con respecto a BOSCH, esto también se aplica a la responsabilidad personal por daños y perjuicios de los sujetos, representantes y de las personas contratadas por BOSCH en el cumplimiento de las obligaciones.
Ninguna modificación de la carga de la prueba en perjuicio del CLIENTE está relacionada con las sentencias mencionadas.
Sin perjuicio de lo acordado en esta sección, la responsabilidad máxima de BOSCH en virtud del Contrato de Venta se limita al valor del pedido.
En el caso del SOFTWARE, BOSCH no será responsable en particular por DAÑOS incurridos por el CLIENTE debido a un funcionamiento incorrecto o a un uso no conforme con la finalidad designada.
12. Confidencialidad
El CLIENTE se compromete a mantener en todo momento estrictamente confidencial toda la información relativa a los datos técnicos, comerciales y financieros con respecto a los productos, incluyendo, sin limitación, el Software en su caso, y los datos confidenciales del negocio de BOSCH y del contrato (colectivamente "Información Confidencial"), que pueda llegar a conocimiento del CLIENTE, y devolverá a BOSCH inmediatamente a la primera solicitud toda la Información Confidencial tangible. El CLIENTE se compromete (i) a utilizar la Información Confidencial únicamente en la medida necesaria para la ejecución del Contrato, y (ii) a adoptar todas las medidas necesarias para evitar cualquier uso o divulgación no autorizados de la Información Confidencial a cualquier persona y/o tercero a quien no sea necesaria dicha divulgación para la ejecución del Contrato.
13. Control de las exportaciones
Las entregas y los servicios (ejecución contractual) estarán sujetos a la condición de que no existan obstáculos a la ejecución debidos a normativas nacionales o internacionales de control de las exportaciones, en particular embargos u otras sanciones. El CLIENTE se compromete a facilitar toda la información y documentación necesaria para la exportación y el envío. Los retardos debidos a exámenes de exportación o procedimientos de aprobación hacen inaplicables los plazos y fechas de entrega. Si no se conceden las aprobaciones necesarias o si la entrega y el servicio no son susceptibles de aprobación, el contrato se considerará no celebrado con respecto a las partes afectadas.
BOSCH tiene el derecho de terminar el Acuerdo sin previo aviso si dicha terminación es necesaria para BOSCH para cumplir con las disposiciones legales nacionales o internacionales. En tal caso de rescisión, el CLIENTE queda excluido de presentar reclamación alguna por daños y perjuicios u otros derechos con motivo de la rescisión.
Al transmitir los Productos suministrados por BOSCH (hardware y/o software y/o tecnología y los documentos respectivos, independientemente de la forma en que se pongan a disposición) y el trabajo y los servicios realizados por BOSCH (incluido el soporte técnico de todo tipo) a terceros, El CLIENTE debe cumplir con las disposiciones respectivamente aplicables de la ley nacional e internacional (re) de control de exportaciones.
14. Derecho de rescisión
14.1 En caso de incumplimiento del contrato por parte del CLIENTE, en particular en caso de demora en el pago, Bosch tendrá derecho, sin perjuicio de otros derechos contractuales y legales, a rescindir el contrato tras haber enviado un Aviso de Incumplimiento concediendo un plazo razonable al Cliente para subsanar el incumplimiento.
14.2 BOSCH tiene derecho a resolver el contrato sin conceder plazo para subsanar el incumplimiento, si el CLIENTE suspende sus pagos o si el CLIENTE, o cualquier tercero, solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia o similar sobre sus bienes para la liquidación de deudas. Bosch también tiene derecho a rescindir el contrato sin conceder un plazo para subsanar el incumplimiento, si;
- La situación patrimonial de la empresa se deteriore o amenace con deteriorarse y, como consecuencia, se ponga en peligro el cumplimiento de una obligación de pago a Bosch, o
- Si la empresa es insolvente o está sobreendeudada
14.3 Tras la declaración de dicha terminación, el CLIENTE deberá permitir inmediatamente a los representantes de BOSCH, el acceso a los Productos sobre los que BOSCH haya retenido la titularidad y entregarlos. Después de la notificación respectiva a su debido tiempo, BOSCH también podrá vender de otra manera los Productos de los cuales BOSCH ha retenido el título con el fin de satisfacer las reclamaciones debidas contra La Compañía. Los derechos y reclamaciones legales no se verán limitados por las disposiciones contenidas en la presente cláusula 14.
14.4 El CLIENTE borrará todos los soportes de datos, copias del SOFTWARE, incluidas las copias de seguridad conforme al art. 23.2, y la DOCUMENTACIÓN facilitada para su uso, o los destruirá y lo confirmará por escrito a BOSCH cuando ésta lo solicite.
15. Fuerza mayor
En caso de Fuerza Mayor (tal y como se define a continuación), la parte que sufra el retardo o el perjuicio deberá informar a la otra parte lo antes posible y, en cualquier caso, en los siete (7) días siguientes al inicio de dicha Fuerza Mayor, especificando la naturaleza de la Fuerza Mayor, así como la duración estimada de la misma.
Si el incumplimiento de los plazos de entrega se debe a Fuerza Mayor o a otras perturbaciones de las que BOSCH no es responsable, se prorrogarán los plazos de entrega acordados.
En caso de que la situación de Fuerza Mayor se prolongue continuamente durante más de sesenta (60) días o se prevea que vaya a durar más de sesenta (60) días, la parte afectada tendrá derecho a rescindir el presente Contrato mediante simple notificación por escrito y sin que la otra parte tenga derecho a reclamación alguna por daños y perjuicios. En caso contrario, los derechos y obligaciones de las partes quedarán suspendidos hasta que Las Partes los renueven por escrito.
Por Fuerza Mayor se entenderán e incluirán los daños o retardos causados por casos fortuitos, entendiendo por tales los fenómenos naturales, tales como terremotos e inundaciones, incendios, actos o normativas o decretos de cualquier Gobierno (de facto o de jure), incluidos los que afecten a los subproveedores, atentados y actos terroristas, disturbios, guerras, epidemias, pandemias, naufragios, restricciones a la importación y exportación, cierres patronales, limitaciones en el suministro energético u otras causas, similares o no a las enumeradas anteriormente, imprevisibles y ajenas al control razonable de Las Partes y que impidan el cumplimiento total o parcial de cualquier obligación derivada del presente Contrato u orden de compra. Esto también se aplica a las huelgas que afecten a BOSCH o a sus subproveedores. Esto incluye también las dificultades para adquirir materias primas, así como las entregas inadecuadas o retrasadas de los proveedores por causas de fuerza mayor.
16. Conservación del título
16.1 BOSCH conserva la propiedad de los Productos entregados hasta el cumplimiento íntegro de todas las reclamaciones a las que BOSCH tenga derecho en base a la relación comercial actual y futura.
16.2 En la medida en que se requieran trabajos de mantenimiento e inspección de los Productos sobre los que BOSCH haya retenido la titularidad, El CLIENTE deberá realizar dichos trabajos puntualmente a su costa.
17. Propiedad intelectual
17.1 BOSCH no será responsable de las reclamaciones derivadas de una (supuesta) infracción de derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros o de derechos de autor (en adelante: "DPI") si el DPI es o ha sido propiedad de El CLIENTE, de una empresa en la que El CLIENTE posea, directa o indirectamente, la mayoría de las acciones o derechos de voto o de una empresa que posea, directa o indirectamente, la mayoría de las acciones o derechos de voto de El CLIENTE.
17.2 BOSCH no será responsable de reclamaciones derivadas de una (supuesta) infracción de DPI de terceros a menos que al menos un DPI de la familia de derechos de propiedad haya sido publicado por la Oficina Europea de Patentes o en uno de los siguientes países: República Federal de Alemania, Francia, Gran Bretaña, Austria o Estados Unidos.
17.3 El CLIENTE deberá notificar inmediatamente a BOSCH las (supuestas) infracciones de DPI y los riesgos de infracción a este respecto de los que tenga conocimiento y, a petición de BOSCH -en la medida de lo posible- permitir a BOSCH llevar a cabo el litigio (incluidos los procedimientos no judiciales).
17.4 BOSCH tiene derecho, a su discreción, a obtener un derecho de uso para un producto que infrinja un DPI, a modificarlo para que ya no infrinja el DPI o a sustituirlo por un producto sustitutivo equivalente que ya no infrinja el DPI. Si esto no es posible bajo condiciones razonables o dentro de un periodo de tiempo razonable, el CLIENTE tendrá - en la medida en que el CLIENTE haya permitido a BOSCH llevar a cabo una modificación - derecho a los derechos legales de rescisión. Sujeto a las condiciones previas mencionadas anteriormente, BOSCH también tendrá derecho de rescisión. Las reclamaciones contra BOSCH por parte del CLIENTE sólo existirán en la medida en que el CLIENTE no haya llegado a ningún acuerdo con su cliente que tenga mayor alcance que las reclamaciones legales por defectos, por ejemplo, acuerdos de alojamiento. BOSCH se reserva el derecho de llevar a cabo la acción a su disposición en los términos de la primera frase de esta cláusula 18.4 incluso si la infracción del DPI no ha sido resuelta por un tribunal con efecto de cosa juzgada o reconocida por BOSCH.
17.5 Las reclamaciones del CLIENTE quedan excluidas en la medida en que el CLIENTE sea responsable de la infracción del DPI o si el CLIENTE no ha apoyado a BOSCH en una medida razonable en la defensa frente a reclamaciones de terceros.
17.6 Las reclamaciones por parte del CLIENTE también quedan excluidas si los Productos fueron fabricados de acuerdo con las especificaciones o instrucciones del CLIENTE o si la (supuesta) infracción del DPI se deriva del uso en conjunción con otro producto no procedente de BOSCH o si los Productos se utilizan de una manera que BOSCH no pudo prever.
17.7 Las reclamaciones por infracción de DPI prescriben en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de notificación.
17.8 La obligación de pagar daños y perjuicios en caso de infracción de los DPI se rige por la cláusula 11 en todos los demás aspectos.
17.9 El art. 11 se aplicará en consecuencia a la prescripción de las reclamaciones basadas en una infracción de los DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.
18. Ingeniería inversa
18.1. Sin el consentimiento previo de BOSCH, el CLIENTE no podrá realizar ninguna observación, examen, retroingeniería o prueba (la llamada ingeniería inversa) de un PRODUCTO suministrado para su uso por BOSCH.
18.2. Además de lo dispuesto en el art. 18.1., con respecto al SOFTWARE, el CLIENTE no tiene derecho, sujeto a la sección 22.1, a procesar, cambiar, realizar ingeniería inversa, descompilar o desensamblar el código del programa o partes del mismo o establecer de otro modo el código fuente o producir trabajos derivados del SOFTWARE. Esto no afectará a las disposiciones obligatorias de los artículos 69d, 69e de la Ley alemana de Propiedad Intelectual (UrhG).
19. Uso y protección de datos
19.1. BOSCH tendrá derecho, en la medida en que la ley lo permita, a almacenar, utilizar, transferir y/o explotar toda la información aportada y creada por el CLIENTE en relación con el SOFTWARE, salvo los datos de carácter personal, más allá del objeto del contrato para cualesquiera fines como, por ejemplo, fines estadísticos, analíticos e internos. Este derecho será ilimitado e irrevocable.
19.2. En la medida en que se realiza el procesamiento de datos personales, BOSCH cumple con la normativa legal de protección de datos.
Condiciones adicionales para el SOFTWARE
20. Definiciones
20.1. DOCUMENTACIÓN: Toda la información necesaria para poder trabajar con el SOFTWARE de acuerdo con la finalidad designada.
20.2. FOSS: SOFTWARE libre y de código abierto y software de terceros bajo licencia libre de derechos de autor.
20.3. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: Información conforme al art. 2 nº 1 de la Ley alemana de Secretos Comerciales (GeschGehG).
20.4. TIPO DE LICENCIA: Determina el alcance del uso del SOFTWARE y el número de usuarios. BOSCH distingue entre los siguientes TIPOS DE LICENCIA:
- Licencia para un único puesto de trabajo: el SOFTWARE puede utilizarse en un único equipo.
- Volumen/múltiple/multilicencia: un número determinado de licencias individuales.
- Licencia de red/servidor/copia o flotante: el SOFTWARE puede instalarse en un servidor de red y/o en cualquier número de dispositivos TARGET HARDWARE incorporados al funcionamiento en red local. En este caso, el SOFTWARE sólo podrá utilizarse simultáneamente en un número determinado de dispositivos de HARDWARE DE DESTINO y/o estaciones de trabajo.
- Licencia corporativa: el SOFTWARE podrá ser utilizado en los establecimientos acordados de la empresa del CLIENTE.
20.5. ABANDONO DE LA LICENCIA: Uso del SOFT-WARE más allá del derecho de uso acordado.
20.6. PRODUCTO: BIENES y/o SOFTWARE.
20.7. DAÑOS Y PERJUICIOS: Daños y perjuicios y reembolso de gastos inútiles según se definen en el art. 284 del Código Civil alemán (BGB).
20.8. DERECHO DE PROPIEDAD: DERECHO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL o derechos de autor de terceros.
20.9. SOFTWARE: Ya sea software autónomo incluido en el alcance del suministro de BOSCH o software parpadeado en BIENES o HARDWARE OBJETIVO.
20.10. MERCANCÍAS: Elementos materiales para la entrega contenidos en el alcance del suministro de BOSCH.
20.11. HARDWARE OBJETIVO: BIEN o dispositivo del cliente en el que está la instalación del SOFTWARE.
21. Objeto de la licencia/SOFTWARE
21.1. La descripción del SOFTWARE figura en la DOCUMENTACIÓN que se facilitará al CLIENTE, previa solicitud, antes de la celebración del contrato.
21.2. El SOFTWARE comprende, en la medida de lo posible, el código ejecutable del programa y la DOCUMENTACIÓN correspondiente en tipo electrónico, así como las instrucciones de instalación, a menos que el SOFTWARE se autoinstale. Sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 22.1, el código fuente no forma parte del objeto del contrato.
21.3 A menos que se acuerde lo contrario, el SOFTWARE se entrega o se pone a disposición para su descarga en la versión mencionada en la DOCUMENTACIÓN. El CLIENTE es responsable de la instalación del SOFTWARE. Si el SOFTWARE se suministra para su uso en un soporte de datos o está preinstalado en el HARDWARE OBJETIVO, es posible que éste no contenga la versión mencionada en la DOCUMENTACIÓN. La obligación de entrega de BOSCH se cumplirá proporcionando la actualización. El CLIENTE está obligado a realizar la actualización.
21.4 Es posible que los productos entregados no contengan la última versión del firmware. Para obtener la mejor funcionalidad, compatibilidad, rendimiento y seguridad posibles, el cliente se compromete a comprobar y actualizar los productos suministrados a la última versión del firmware antes de ponerlos en funcionamiento. Para ello, siga las instrucciones del manual de usuario. BOSCH no asume responsabilidad alguna por daños causados por el hecho de que los productos suministrados se hayan puesto en funcionamiento con firmware obsoleto.
22. FOSS
22.1. El SOFTWARE puede contener FOSS. En el momento de la entrega del SOFTWARE, se proporcionará al CLIENTE una lista actualizada del software libre contenido y de los correspondientes términos de licencia de software libre aplicables. Si el SOFTWARE contiene un componente FOSS, el trato del CLIENTE con dicho componente FOSS se regirá principalmente por la licencia FOSS correspondiente, con prioridad sobre cualquier término de licencia conflictivo del producto ofrecido o del software asociado, que el CLIENTE se obliga a cumplir. Algunas FOSS pueden requerir un cumplimiento más allá de la mera información proporcionada. En tal caso, el cliente del CLIENTE y/o el CLIENTE, según sea el caso, tienen derecho a solicitar al CLIENTE este cumplimiento adicional de código abierto. Bajo solicitud, BOSCH proporcionará este cumplimiento adicional de código abierto al CLIENTE de acuerdo con 22.4.
Los derechos bajo las licencias FOSS se conceden al CLIENTE, y en el caso de que usted entregue una copia del producto a un tercero, los términos y condiciones de las respectivas licencias FOSS se aplican a la distribución de cualquier FOSS incluido (en algunos casos, la licencia FOSS proporciona una autorización directa del autor/licenciante del FOSS al tercero). Para muchas licencias FOSS, la propia BOSCH no puede conceder ni obtener estos derechos para el CLIENTE. Las licencias FOSS aplicables están disponibles en la dirección de Internet del proveedor del FOSS o serán puestas a disposición por BOSCH bajo solicitud del CLIENTE.
22.2. BOSCH se reserva el derecho de, en el curso de las actualizaciones (incluyendo actualizaciones, mejoras, respectivamente parches o correcciones de errores) o de una nueva versión, introducir FOSS nuevo o actualizado en el SOFTWARE. La(s) licencia(s) de software libre correspondiente(s) se proporcionará(n) con la entrega de la actualización. Además, se aplicará en consecuencia el apartado 21.1.
22.3. El software libre incluido en el SOFTWARE no tiene ningún impacto en el precio de venta del SOFTWARE y, por lo tanto, se proporcionará sin coste de licencia o cualquier otra compensación monetaria.
22.4. Más allá del cumplimiento de sus propias obligaciones de licencia derivadas del FOSS incluido, BOSCH no presta ningún servicio de soporte que sirva para el cumplimiento de las obligaciones de licencia del CLIENTE derivadas del FOSS incluido.
22.5. Si también se ponen a disposición productos de software de terceros proveedores y éstos no deben considerarse FOSS, BOSCH se reserva el derecho de transferirlos sujetos a los correspondientes términos y condiciones exclusivos del tercero proveedor. Estos productos de software sólo pueden utilizarse en conexión con el PRODUCTO.
23. Derechos de uso
23.1. Tras la entrega del SOFTWARE, se concederá al CLIENTE el derecho no exclusivo, ilimitado en el tiempo, a utilizar el SOFTWARE de acuerdo con el TIPO DE LICENCIA respectivo y de conformidad con las especificaciones de la DOCUMENTACIÓN con arreglo a las presentes CGV. El uso sólo está permitido en los países de destino acordados. En ausencia de un acuerdo explícito, es el país en el que el CLIENTE tiene su sede administrativa.
23.2. El CLIENTE podrá preparar y utilizar copias de seguridad del SOFTWARE en la medida establecida en el artículo 69d (2) de la Ley alemana de Propiedad Intelectual (UrhG). Las copias de seguridad deben estar marcadas como tales e incluir el aviso de copyright del SOFTWARE original en la medida de lo posible. El CLIENTE también queda vinculado por las presentes CGV en lo que respecta al uso que haga de la copia de seguridad.
23.3. El CLIENTE sólo podrá sujeto a terceros para llevar a cabo las medidas de conformidad con el art. 22.2 que no sean competidores de BOSCH, a menos que el CLIENTE demuestre que queda excluido el riesgo de divulgación de INFORMACIÓN CONFIDENCIAL importante de BOSCH.
23.4. Si BOSCH proporciona al CLIENTE actualizaciones (incluyendo mejoras, actualizaciones y/o parches o correcciones de errores) y/o una nueva versión del SOFTWARE, éstas también estarán sujetas a los términos de estos T&C, excepto en la medida en que formen parte de un acuerdo independiente. Una vez realizada la nueva instalación del SOFTWARE, los derechos del CLIENTE sobre la versión anterior finalizarán tras una fase de transición de un mes. La sección 14.4 se aplicará en caso de devolución del SOFTWARE.
23.5. El CLIENTE no podrá conceder sublicencias. No obstante, el CLIENTE podrá ceder a terceros el derecho de uso concedido, cesando en su propio uso, previo cumplimiento de las siguientes condiciones:
- Si el SOFTWARE se adquirió junto con un dispositivo TARGET HARDWARE, el SOFTWARE sólo podrá cederse a terceros para su uso en relación con este TARGET HARDWARE. Esto se aplica a las licencias flotantes (sec. 27.4iii), sujetas a la condición de que sólo podrán ser transferidas a terceros por el CLIENTE si se transfieren en su totalidad y, en su caso, junto con cada dispositivo TARGET HARDWARE en el que pueda utilizarse el SOFTWARE.
- El CLIENTE se asegurará de que no se conceden al tercero más derechos de uso del SOFTWARE que aquellos a los que el CLIENTE tiene derecho en virtud de estas CGV y de que se imponen al tercero al menos las obligaciones derivadas de estas CGV con respecto al SOFTWARE. En caso de cesión de un derecho de uso a un tercero, el CLIENTE está obligado a entregar al tercero todas las copias suministradas o creadas por el CLIENTE o a borrarlas. Si el CLIENTE transfiere su derecho de uso del SOFTWARE, el CLIENTE también entregará la DOCUMENTACIÓN al tercero.
23.6. Todos los demás derechos sobre el SOFTWARE que no se concedan explícitamente, incluyendo también, en particular, todos los derechos sobre la marca registrada y demás propiedad intelectual sobre el SOFTWARE seguirán perteneciendo a BOSCH. Las denominaciones del SOFTWARE, en particular los avisos de derechos de autor, marcas registradas, números de serie y similares no pueden ser eliminadas, cambiadas u obliteradas.
24. Obligaciones de colaboración e información del CLIENTE
24.1. El CLIENTE es responsable de que su entorno de hardware y software cumpla con los requisitos del sistema del SOFTWARE; en caso de duda, el CLIENTE deberá asesorarse de BOSCH y/o de terceros especialistas antes de formalizar el contrato.
24.2. Es parcialmente posible utilizar el SOFTWARE para influir o tener control sobre un sistema electrónico. Por lo tanto, teniendo en cuenta el análisis de riesgos, el SOFTWARE sólo puede ser utilizado (y si es necesario, instalado) por personal especializado cualificado.
24.3. El CLIENTE informará a BOSCH de posibles errores en el SOFTWARE sin indebida
retardo. En este contexto, el CLIENTE facilitará toda la información necesaria a petición de BOSCH. El CLIENTE permitirá a BOSCH el acceso al SOFTWARE con el fin de solucionar y rectificar los errores; a elección de BOSCH esto será en sus instalaciones y/o mediante acceso remoto.
24.4. El CLIENTE protegerá el SOFTWARE contra el acceso de terceros no autorizados adoptando las medidas adecuadas, en particular almacenando todas las copias de seguridad del SOFTWARE y de la DOCUMENTACIÓN en un lugar seguro.
24.5. BOSCH tiene derecho a examinar si el SOFTWARE está siendo utilizado de acuerdo con el TIPO DE LICENCIA. Para ello, BOSCH podrá requerir información al CLIENTE e inspeccionar los libros y documentos, incluyendo el entorno hardware y software del CLIENTE, en la medida en que, como resultado, se puedan obtener detalles sobre el alcance del uso del SOFTWARE. A tal efecto, BOSCH podrá acceder a las instalaciones de la empresa del CLIENTE durante el horario normal de trabajo, previa notificación con una antelación mínima de dos semanas. El CLIENTE garantizará, en la medida en que sea razonablemente previsible, que la auditoría pueda ser llevada a cabo por BOSCH y colaborará en la misma. BOSCH utilizará toda la información que obtenga durante la auditoría únicamente para verificar el cumplimiento del TIPO DE LICENCIA. El CLIENTE podrá exigir que la auditoría sea realizada in situ por un agente de BOSCH comprometido con el secreto profesional. Los costes de la auditoría correrán a cargo de BOSCH a menos que la auditoría revele que existe un CORTO PLAZO EN LA CUBIERTA DE LA LICENCIA. En este caso, el CLIENTE correrá con los gastos de la auditoría.
24.6. En caso de que se produzca un FALLO EN LA COBERTURA DE LICENCIA, el CLIENTE deberá abonar la remuneración impagada sobre la base de la lista general de precios válida para servicios comparables en el momento en que se descubra el déficit, más una indemnización por daños y perjuicios por un importe igual al 10 % del valor del FALLO EN LA COBERTURA DE LICENCIA. El CLIENTE podrá probar que el daño fue inferior. Además, el CLIENTE deberá interrumpir sin retardo injustificado cualquier CORTE DE CUBIERTA DE LICENCIA.
24.7. El CLIENTE deberá tomar precauciones razonables en caso de que el SOFTWARE no funcione correctamente, ya sea en su totalidad o en parte (por ejemplo, mediante copias de seguridad diarias de los datos, diagnóstico de fallos de funcionamiento, examen periódico de los resultados del procesamiento de datos). A menos que el CLIENTE indique explícitamente lo contrario con antelación, BOSCH podrá asumir que se ha realizado una copia de seguridad de todos los datos del CLIENTE con los que BOSCH pueda entrar en contacto.
Versión: Octubre 2023